PRINCIPIO DE SEGURIDAD JURÍDICA Y LA INTERPOSICIÓN COLOSAL DE DEMANDA DE HABEAS CORPUS, COLEGIO DE ABOGADOS DE PUNO, 2016

Jaqueline Luza Cáceres

Resumen


Objetivos: Establecer si la interposición de demanda de habeas corpus por los abogados
litigantes alegando existencia de vulneración de derechos fundamentales determina el
quebrantamiento del principio de seguridad jurídica que se establece en el distrito judicial de
Puno con la finalidad de enervar los efectos de las resoluciones expedidas. Material y
métodos: Investigación no experimental y método hipotético – deductivo, de enfoque
cuantitativo y nivel descriptivo, el tipo de muestra se dedujo del muestreo aleatorio simple,
conllevando a la aplicación de encuestas a 892 abogados de un total de 5442 agremiados al
Ilustre Colegio de Abogados de Puno. Resultados: La interposición de procesos de habeas
corpus guarda relación con la proliferación que se presenta mayormente con la finalidad de
enervar los efectos de las resoluciones expedidas por los órganos jurisdiccionales, de
naturaleza: penal, civil, laboral, administrativa, etc.; lo que constituye una forma de
coaccionar o presionar a los jueces a efecto de obtener resoluciones favorables, que en
algunos casos se logra. Así, en un 52% conducen a contrarrestar la ejecución de las
resoluciones donde en un 36% objetan la certeza del derecho en la resolución observada.
Conclusiones: Se establece la interposición de demandas de habeas corpus en un 71 % del
total de procesos constitucionales donde la vulneración de derechos fundamentales en un
49% busca coaccionar o presionar a los jueces a efecto de obtener resoluciones favorables y
un 19% el quebrantamiento del principio de seguridad.


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DOI: http://dx.doi.org/10.35306/rev.%20cien.%20univ..v17i1.317

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